18 de julio 2011
Fuente: Contabilidad Puntual
Es la remuneración que paguen o acrediten empresas o entidades domiciliadas en el país, a miembros de directorios, consejeros empleados, socios o consejeros de sociedades anónimas, o administradores de sociedades en comandita por acciones, que sean sus principales accionistas. y otros organismos directivos que actúen en el exterior.
¿Quiénes pueden cobrar Dietas?
i) Empleados en general;
ii) Socios o consejeros de sociedades anónimas, o administradores de sociedades en comandita por acciones, que sean sus principales accionistas.
iii) Cónyuges y parientes consanguíneos dentro de los grados de ley, de tales socios, consejeros o administradores
IMPUESTOS A QUE ESTAN AFECTOS
La dieta como servicio esta afecta a los siguientes Impuestos
IVA
Definición de Servicio
Por servicio: La acción o prestación que una persona hace para otra y por la cual percibe un honorario, interés, prima, comisión o cualquiera otra forma de remuneración, siempre que no sea en relación de dependencia.
ARTICULO 3
Del hecho generador. El impuesto es generado por:
La prestación de servicios en el territorio nacional.
ISR
Según el artículo 44 “A” de la Ley del ISR, indica que para Las personas individuales que presten servicios profesionales, servicios técnicos o de naturaleza no mercantil y los que obtengan ingresos por concepto de dietas deberán pagar el impuesto aplicando a la renta imponible de esta ley, el tipo impositivo del cinco por ciento (5%). Dicho impuesto se pagará mediante retención definitiva o directamente a las cajas fiscales.
Para las personas no domiciliadas en Guatemala el impuesto de ISR tiene la tasa del 10%.
Para las personas en relación de Dependencia la Dieta se incluye en su proyección de IVA y se calcula conforme a la tabla vigente de ISR para personal en Relación de Dependencia.
LIMITE DE DEDUCIBILIDAD DEL GASTO
Para los empleados en general y socios o consejeros de sociedades anónimas o administradores de sociedades en comandita por acciones, que sean sus principales accionistas la deducción máxima de ISR llega al tope de diez por ciento (10%) sobre las ventas o ingresos brutos siempre que se haga y pague la retención correspondiente, la diferencia se tomara como un gasto no deducible del ISR, es decir que por cada millón de ingresos en la empresa el monto máximo de deducción de dietas es de Cien mil quetzales exactos Q 100,000.00.
Para los cónyuges y parientes consanguíneos dentro de los grados de ley, de tales socios, consejeros o administradores. La deducción máxima por estos conceptos se limitará en cada caso, a la mayor retribución asignada en la nómina de empleados sin ninguna vinculación de parentesco.
CONCLUSION
Para las personas que va a cobrar dietas en caso de no ser empleado ni contribuyente en la Superintendencia de Administración Tributaria SAT, le toca proceder a realizar su respectiva inscripción como contribuyente y solicitar la autorización de facturas para entregarlas al momento de recibir la respectiva dieta por parte de las organizaciones que se la otorguen.



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